PROPOSITO
Toda persona tiene el derecho fundamental a que los terceros no suministren información que afecte su intimidad personal y familiar así como la voz y su imagen. En atención a este derecho se publicó la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento. Estos dispositivos tienen como objetivo garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos personales de las personas regulando su adecuado tratamiento.
En este sentido debido a que el GCP realiza tratamiento de datos personales en el marco de sus actividades comerciales este Manual busca formalizar el procedimiento de atención de las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO (derecho de acceso derecho de rectificación derecho de cancelación o supresión derecho de oposición derecho de revocación y derecho de información) que se puedan presentar. La importancia del cumplimiento de esta política radica en evitar las consecuencias legales así como económicas y reputacionales que podría conllevar la falta de cumplimiento de la Normativa sobre Protección de Datos Personales.
DEFINICIONES
TÉRMINO | DEFINICIÓN |
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ANPD | La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales. Es la encargada de velar por el cumplimiento de la Normativa sobre Protección de datos Personales. Esta autoridad está adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. |
Banco de datos personales | Conjunto organizado de datos personales automatizado o no independientemente del soporte sea este físico magnético digital óptico u otros que se creen cualquiera fuere la forma o modalidad de su creación formación almacenamiento organización y acceso. |
Datos personales | Toda información numérica alfabética gráfica fotográfica acústica sobre hábitos personales o de cualquier otro tipo concerniente a las personas naturales que las identifica o la hace identificable a través de medios que pueden ser razonablemente utilizados (por ejemplo nombres domicilio número de teléfono correo electrónico número de cuenta bancaria número de placa de vehículo entre otros). |
Derechos ARCO | Son los derechos que tiene el titular de datos personales frente al titular del banco de datos personales o al encargado del tratamiento de sus datos personales: derecho de acceso derecho de rectificación derecho de cancelación o supresión derecho de oposición derecho de revocación y derecho de información. Los derechos ARCO son ejercidos personal y gratuitamente a través de solicitudes dirigidas al titular del banco de datos personales o al encargado del tratamiento. |
Ley de Protección de Datos Personales | Ley No. 29733 Ley de protección de datos personales cuyo objeto es garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos personales. |
Reglamento de Protección de Datos Personales o el Reglamento | Decreto Supremo No. 003-2013-JUS Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales. |
GCP | Gestión de Carreteras y Peajes S.A.C. |
Normativa sobre Protección de Datos Personales | Conjunto normativo conformado por la Ley de Protección de Datos Personales su Reglamento y otras directivas que desarrollen estas normas. |
Solicitud | Solicitud de ejercicio de derechos ARCO. |
Titular de datos personales | Persona natural a quien corresponde los datos personales que son tratados. |
Tratamiento de datos personales | Cualquier operación o procedimiento técnico automatizado o no que permite la recopilación registro organización almacenamiento conservación elaboración modificación extracción consulta utilización bloqueo supresión comunicación por transferencia o por difusión o cualquier otra forma de procesamiento que facilite el acceso correlación o interconexión de los datos personales. |
REGLAS PARA LA ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE EJERCICIO DE DERECHOS ARCO
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS ARCO?
Conforme se indicó en la Sección 2 los derechos ARCO son los derechos que tiene el titular de datos personales frente al titular del banco de datos o al encargado del tratamiento de sus datos. El nombre ARCO proviene de los derechos contemplados en este conjunto: derecho de acceso derecho de rectificación derecho de cancelación (también conocido como derecho de supresión) derecho de oposición derecho de revocación y derecho de información. El contenido de estos derechos es el siguiente:
¿QUIÉNES SE ENCUENTRAN FACULTADOS PARA SOLICITAR EL EJERCICIO DE ESTOS DERECHOS?
Se encuentran facultados para solicitar el ejercicio de los derechos ARCO las siguientes personas:
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE EJERCICIO DE ESTOS DERECHOS?
La Solicitud deberá ser dirigida a GCP según sea el caso a través de la siguiente dirección de correo electrónico datospersonalesepass@epass.pe. Esta Solicitud deberá incluir cuando menos la siguiente información:
No se podrá supeditar el ejercicio de los derechos ARCO a ninguna clase de pago o contraprestación.
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE ESTAS SOLICITUDES?
Recepción de la Solicitud
Todas las Solicitudes deberán ser recibidas por parte del equipo o la persona a cargo del correo designado para ello. Tan pronto como la Solicitud sea recibida se deberá confirmar su recepción.
Desde la recepción de la Solicitud GCP contará con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para revisar si es que la Solicitud ha cumplido con incluir la información mínima requerida. Caso contrario se deberá proseguir con los pasos de la Sección 4.2.
Subsanación de la Solicitud y requerimiento de información adicional
En caso de que la Solicitud no cumpla con los requisitos señalados GCP en un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la recepción de la Solicitud deberá requerir al solicitante que dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles subsane la información pendiente.
En caso de que GCP pueda por su cuenta subsanar la información pendiente se deberá proceder de esta forma sin requerir la subsanación de la Solicitud.
La Solicitud se tendrá por no presentada si transcurrido el plazo el solicitante no cumple con la subsanación requerida.
En caso de que la Solicitud sí cumpla con los requisitos señalados pero la información proporcionada sea insuficiente o errónea de forma que no permita su atención se podrá requerir dentro de los siete (7) días hábiles siguientes de recibida la Solicitud la documentación adicional necesaria para atender esta Solicitud. El solicitante contará con un plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la recepción del requerimiento para entregar la información solicitada.
Solo en caso el solicitante no dé respuesta alguna a los requerimientos de información que sean formulados en cumplimiento del procedimiento descrito con anterioridad la Solicitud se tendrá por no presentada.
Respuesta a la Solicitud
Se deberá dar respuesta a todas las Solicitudes que se tengan por presentadas con independencia de que figuren o no datos personales del solicitante en los bancos de datos personales que GCP que administre.
Los plazos de atención de estas Solicitudes se computarán desde que la Solicitud ha sido debidamente presentada; es decir desde que esta ha sido subsanada o se ha cumplido con el requerimiento de información de corresponder. Así los plazos máximos de atención son los siguientes:
Salvo el plazo establecido para el ejercicio del derecho de información los plazos para la respuesta o la atención de los demás derechos podrán ser ampliados una sola vez y por un plazo igual como máximo siempre y cuando las circunstancias así lo justifiquen. La justificación de la ampliación del plazo deberá comunicarse al solicitante dentro del plazo que se pretenda ampliar.